Con respecto a la tercera evaluación, el tema a evaluar es la Sucesión Legitima (OJO la sucesión legal o ab intestato no la Legitima como institución).
Previo al desarrollo de este tema es importante recordar lo referente a la Incapacidad para Suceder, recuerden que la Capacidad es la regla la Incapacidad es la excepción, tal como esta dispuesto en el articulo 808 de nuestro Código Civil.
Existen dos tipos de Incapacidad, la Absoluta (Quienes no existen al momento de la apertura de la sucesión, o no se tiene certeza de su existencia, por ende no tienen capacidad jurídica y no pueden ser titulares de derechos u obligaciones) y la Relativa (Que se refiere pues a una persona en particular, el sujeto es incapaz en relación a la sucesión de una persona especifica, de no tratarse de la sucesión de esta persona bien podría suceder a otra).
Las causales de incapacidad están establecidas en la le de forma taxativa, no cabe analogía en esta materia para determinar otras que no sean las establecidas legalmente.
Para esta tercera evaluación, redactaran un informe de forma coherente y elocuente, de los puntos que a continuación les pediré que desarrollen, con la idea de asegurar el cabal termino del semestre. En clases aclararemos dudas suscitadas y resolveremos ejercicios prácticos referentes al orden a suceder, si las circunstancias nos lo permiten. Es de suma importancia que basen su estudio en la lectura e interpretación del Código Civil.
A pesar de haber tocado el tema de la Incapacidad para Suceder en las exposiciones es importante reafirmar estos conocimientos, así pues que deberán desarrollar tanto las Incapacidades Absolutas como las causales de Incapacidad Relativa, Requisitos de procedencia y la Rehabilitación del Indigno. Arts. 808 - 813 del Código Civil.
El segundo punto a desarrollar será la Sucesión Legitima como tal, así pues deberán definirla adecuadamente, establecer cual es el fundamento doctrinario y legal de la Sucesión Legitima, Definir las categorías de personas llamadas a la sucesión legitima (Arts. 822 - 832 CC), para este punto en particular es importante tomar en cuenta dos cosas: la fecha de la apertura de la sucesión (Art. 993 CC) y el lugar de la apertura de la sucesión (Art. 43 CPC, Arts. 1023 y 1061 CC, y Arts. 5 y 34 de la LISS).
El tercer punto del primer informe son las Formas de Suceder de manera Intestada, estas son las formas como suceden los herederos dentro de una sucesión legitima, así pues, pueden suceder por Derecho Propio, Por Derecho de Representación y por Derecho de Transmisión. Es importante definir estas tres formas, así como analizar lo planteado en el Código Civil, así como deben desarrollar cuales son las Condiciones para que opere el Derecho de Representación.
Este informe debe ser redactado en Letra Arial tamaño 12, debe ir debidamente identificado nombre, apellido, nro de cédula de identidad así como la sección a la que pertenece. No debe ser menor a tres (3) cuartillas ni mayor a seis (6). La portada no cuenta como parte del informe. Las citas deben ser identificadas con notas al pie con la identificación del autor y el libro o publicacion. Deberá ser enviado a mi correo electrónico el sábado 15 de Marzo a mas tardar.
Hola profe! buenos días, espero se encuentre bien, con respecto al informe, solo para confirmar, quería saber si es individual? Gracias.
ResponderEliminarHola Monica, si es individual, la idea es que no podemos reunirnos por lo complicado que es trasladarse.
EliminarGracias prof muy agradecida por la forma tan práctica de idear un método para realizar la evaluación. Un abrazo que esté bien .
ResponderEliminarGracias por tu comentario Jennifer, esa es la idea! un fuerte abrazo!!
EliminarPor favor la cuenta de E-MAIL , gracias.
ResponderEliminarya lo tengo disculpe
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